SOAT Ley 27181 MTC
SOAT Ley 27181 MTC
Cubre la atención de manera inmediata e incondicional de las víctimas de accidentes de tránsito que sufren lesiones corporales y muerte.
Los beneficios son para cada persona, ocupante ó tercero no ocupante de un vehículo automotor asegurado.
Muerte c/u
Cuatro (4) UIT
Invalidez Permanente c/u hasta
Cuatro (4) UIT
Incapacidad Temporal c/u hasta
Una (01) UIT
Gastos Médicos c/u hasta
Cinco (05) UIT
Gastos de Sepelio c/u hasta
Una (01) UIT
(*) La Unidad Impositiva Tributaria (UIT) será la vigente en el momento de la ocurrencia del siniestro. Para el 2009 equivale a S/ 3,550.00. Consulte el vencimiento de su SOAT: www.soat.com.pe
VIDA LEY
SEGURO COMPLEMENTARIO DE TRABAJO DE RIESGO – SCTR
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