14076648693_fd3889d5fe_bHe's your man if you want the job done well!construccion

SOAT Ley 27181 MTC

SOAT Ley 27181 MTC
Cubre la atención de manera inmediata e incondicional de las víctimas de accidentes de tránsito que sufren lesiones corporales y muerte.
Los beneficios son para cada persona, ocupante ó tercero no ocupante de un vehículo automotor asegurado.

 Muerte c/u
Cuatro (4) UIT
 Invalidez Permanente c/u hasta
Cuatro (4) UIT
 Incapacidad Temporal c/u hasta
Una (01) UIT
 Gastos Médicos c/u hasta
Cinco (05) UIT
 Gastos de Sepelio c/u hasta
Una (01) UIT

(*) La Unidad Impositiva Tributaria (UIT) será la vigente en el momento de la ocurrencia del siniestro. Para el 2009 equivale a S/ 3,550.00. Consulte el vencimiento de su SOAT: www.soat.com.pe

VIDA LEY

  • Decreto Legislativo No. 688
    La ley obliga a todo empleador, la contratación de este seguro para todo trabajador con 04 años de servicios ininterrumpidos, cubre 16 remuneraciones por muerte natural y 32 remuneraciones por muerte accidental o invalidez por accidente, su incumplimiento genera una sanción por parte del Ministerio de Trabajo.

SEGURO COMPLEMENTARIO DE TRABAJO DE RIESGO – SCTR

  • Ley 26790 – Modernización de la Seguridad Social en Salud
    Es el seguro por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales que deben ser contratados por empresas que realizan actividades de alto riesgo.
    Esta compuesto por:
    + SCTR SALUD:
    Cubre atenciones médicas al 100% y sin límite a consecuencia de un accidente laboral, también las enfermedades profesionales y la rehabilitación ó readaptación laboral del trabajador.
    + SCTR PENSION
    Ampara lo siguiente:
    Indemnización por Invalidez
    Pensión de Sobrevivencia
    Pensión de Invalidez
    Gastos de Sepelio

TENEMOS MUCHO MÁS

Lorem ipsum dolor sit amet, consectetuer adipiscing elit, sed diam nonummy nibh euismod tincidunt ut laoreet dolore magna aliquam erat volutpat.

SEGUROS OBLIGATORIOS

Updated on 2014-09-11T21:22:20+00:00, by Jtc.